Razones.
La Administración Tributaria no solo tiene una gran incidencia sobre nuestros derechos fundamentales, si no, además, sobre el desarrollo económico del país. Una sana administración del fisco velará por simplificar sus trámites, así como por garantizar los derechos del contribuyente. Estos pilares propician un clima de seguridad jurídica, apto para propiciar el crecimiento empresarial
Ahora bien, nuestro contexto fiscal nos ha obligado a aumentar la carga tributaria. Con motivo de su desequilibrio, el fisco recibe un peligroso estímulo: asediar vorazmente al contribuyente, con el fin de elevar la recaudación a cualquier costo. Las grandes atribuciones de la potestad tributaria se han justificado en el combate a la evasión fiscal. Esta evasión, no puedo negar, es una realidad. Sin embargo, esta situación no justifica ningún ejercicio arbitrario del poder.
Propuesta.
El control de la potestad tributaria se puede ver desde diferentes perspectivas: económica, jurídica y de atención al contribuyente. Con base en ellas, pueden estructurarse las funciones de una hipotética Defensoría del Contribuyente en nuestro país.
Desde el punto de visto económico, esta Defensoría debería mantener un observatorio sobre la presión fiscal que sufran los contribuyentes. Ello para denunciar los efectos nocivos, que genere nuestra política tributaria sobre el tejido productivo.
Desde la óptica jurídica, convendría un rol muy activo. Debería contar con voz en el trámite de todo proyecto de ley o reglamento tributario. Asimismo, debería tener la posibilidad de impugnar las normas tributarias, que considere abusivas, ante la Sala Constitucional o la sede contenciosa administrativa. Inclusive, debería tener la posibilidad de acusar penalmente a los funcionarios tributarios, cuando ellos cometan delitos en perjuicio del contribuyente.
Por otro lado, los resultados de fiscalizaciones tributarias podrían complementarse mediante un informe sin carácter vinculante. Por medio de él, la Defensoría podría presentarle al contribuyente, los yerros y falencias en que habría incurrido el fiscalizador.
En cuanto a la atención del usuario, sugiero realizar auditorías sobre el funcionamiento de la Autoridad Tributaria. Estos hallazgos deberían ser públicos. Además, debería difundir los derechos de los contribuyentes, atender quejas por funcionamiento deficiente de la Administración, así como realizar propuestas para la simplificación de trámites.
¿Una idea descabellada?
Muchos Estados ya cuentan con una Defensoría del Contribuyente. De hecho, la mayoría de los miembros de la OCDE cuentan con una.
En Estados Unidos se le denomina “Taxpayer Advocate Service”, (Servicio del Defensor del Contribuyente, en español) y empezó a funcionar en 1988. Interviene en aquellos procedimientos tributarios, cuando se han vulnerado derechos a los contribuyentes. Verificada dicha posibilidad, este órgano ordena la suspensión del procedimiento y el levantamiento de embargos. Ambas medidas cumplen un rol cautelar, mientras se investigan las presuntas trasgresiones de la Autoridad Tributaria.
En México se llama “Procuraduría de Defensa del Contribuyente”, iniciando funciones en 2011. Con el fin de garantizar su independencia, esta instancia solo rinde cuentas al Senado. Llama la atención que asuma la representación legal de pymes ante procedimientos tributarios. Asimismo, impone sanciones a funcionarios tributarios, debido al ejercicio inapropiado de sus competencias.